Desde su implementación hace ya tres años, todos los proveedores que
ofrecen bienes y servicios en establecimientos abiertos al público están
obligados a contar con este sistema de registro (virtual o físico) en el que deben consignarse los
reclamos y quejas de los consumidores. La norma establece también la
obligatoriedad de responder a los mismos, en un plazo máximo de 30 días
haciendo llegar al cliente una respuesta formal y otros alcances inmersos en la
última modificación vigente desde abril de este año.
En este escenario resulta necesario que todos los proveedores de productos y/o servicios,
no sólo las grandes empresas, incluyan dentro de sus procedimientos un Proceso
de Atención de Reclamos que garantice el cumplimiento de esta norma en
todos sus alcances, con la finalidad de brindar atención adecuada a los
clientes y evitar sanciones por infringir la misma.
Pero hasta aquí sólo se trataría de un trámite burocrático, más no es
así: el Libro de Reclamaciones puede convertirse en una herramienta de
retroalimentación potente que pocos proveedores
utilizan como tal.
Así es, el Proceso de Atención de
Reclamos no concluye con la atención
del caso. Esa valiosa información sobre la oportunidad de mejora que tiene el
producto/servicio que la empresa brinda, tendría que ser canalizada, como parte
del proceso interno de la atención del mismo, a las áreas de producción, comercialización,
marketing etc., independientemente si el caso se determinó procedente para el
cliente o no.
Si luego del análisis se determina que el reclamo tuvo su origen en un
error o falla en el proceso/producto, éste debe corregirse para evitar
pérdidas, gastos adicionales, reprocesos así como la presentación de reclamos
posteriores de otros clientes. Asimismo,
si luego del análisis se determina que no se cometió ningún error es importante
también transmitir al área comercial la percepción del cliente sobre la oferta,
para contribuir con la mejora de la comunicación a los clientes y alinear los
mensajes para evitar que existan expectativas que no correspondan con el
producto/ servicio ofrecido.
Pero el Libro de reclamaciones no es el único nicho de oportunidad, las
manifestaciones de los consumidores en la página web de cada empresa o en las
redes sociales, se constituyen también en una fuente preciosa de información
para la mejora, crecimiento y desarrollo de los productos/servicios en
beneficio mutuo de los consumidores y el proveedor del servicio y deberían
considerarse dentro del Proceso de Atención.
Recordemos que ,la formulación del reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI.
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